Asi seran los sueldos del rubro de empleados de comercio en sus distintas modalides/categorias:
¿Cuánto cobrarán los administrativos en Mayo de 2023?
- Categoría A: $174.578,20
- Categoría B: $175.329,46
- Categoría C: $176.079,83
- Categoría D: $178.332,26
- Categoría E: $180.208,84
- Categoría F: $182.961,67
¿Cuánto cobrarán los auxiliares en Mayo de 2023?
- Categoría A: $175.203,59
- Categoría B: $176.454,80
- Categoría C: $180.584,25
¿Cuánto cobrarán los auxiliares especiales en Mayo de 2023?
- Categoría A: $176.705,65
- Categoría B: $178.957,64
¿Cuánto cobrarán los cajeros en Mayo de 2023?
- Categoría A: $175.203,59
- Categoría B: $176.079,83
- Categoría C: $177.206,04
¿Cuánto cobrará el personal de maestranza en Mayo de 2023?
- Categoría A: $172.701,62
- Categoría B: $173.201,57
- Categoría C: $174.953,17
¿Cuánto cobrarán los vendedores en Mayo de 2023?
- Categoría A: $175.203,59
- Categoría B: $178.958,08
- Categoría C: $180.208,84
- Categoría D: $182.961,71
El monto corresponde únicamente al salario del mes. El empleador, además, deberá abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Recorda tus derechos
- Tu jornada de trabajo no puede exceder las 8 horas diarias o 48 horas semanales.
- Durante la semana te pueden distribuir las horas de manera desigual (más horas un día y menos otro), pero en ningún caso podés superar las 9 horas diarias de trabajo.
- Tenés derecho a un descanso semanal de 35 horas corridas a partir del sábado a las 13 horas.
- Tu empleador debe proveerte de ropa y elementos de trabajo.
- Tu empleador debe brindarte una alimentación sana, suficiente y que asegure tu perfecta nutrición del personal. La alimentación comprende desayuno, almuerzo, merienda y cena, de acuerdo con la modalidad de tu prestación y de la duración de la jornada de trabajo.
- Tu empleador está obligado a contratar un seguro por los riesgos del trabajo que puedas sufrir.
- Deben darte una licencia anual ordinaria con vacaciones pagas.
- Deben pagarte el sueldo anual complementario (aguinaldo).
- Si sos personal con retiro, entre el fin de una jornada de trabajo y el inicio de la siguiente debe haber una pausa de al menos 12 horas.
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